Información General sobre las Notificaciones Judiciales
De conformidad con Ley 1437 de 2011, "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" en el artículo 197 del Capítulo VII establece "Dirección electrónica para efectos de notificaciones. Las entidades públicas de todos los niveles, las privadas que cumplan funciones públicas y el Ministerio Público que actúe ante esta jurisdicción, deben tener un buzón de correo electrónico exclusivamente para recibir notificaciones judiciales. Para los efectos de este Código se entenderán como personales las notificaciones surtidas a través del buzón de correo electrónico".
El Hospital Manuela Beltrán ha habilitado para dicho y único fin, el correo electrónico de "Notificaciones Judiciales"
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